Desórdenes públicos en el Código Penal: definición, penas y ejemplos

Desórdenes públicos en el Código Penal: definición, penas y ejemplos

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En el ámbito del derecho penal, el delito de desórdenes públicos ocupa un lugar destacado, especialmente en contextos de alteración de la paz pública. Este delito, regulado en el Código Penal español, se ha visto modificado con el paso del tiempo, adaptándose a las necesidades sociales y legislativas. A continuación, exploraremos su definición, las penas asociadas y algunos ejemplos concretos que ilustran su aplicación.

¿Qué son los desórdenes públicos según el Código Penal?

Los desórdenes públicos en el Código Penal se definen como aquellas acciones que, ejecutadas en grupo o amparadas por él, alteran la paz pública mediante actos violentos sobre personas o bienes, o que amenazan con llevar a cabo dichos actos. Este tipo de conducta está regulada específicamente en los artículos 557 y 557 bis del Código Penal.

El delito se configura cuando se busca alterar el orden público, entendido como el conjunto de condiciones necesarias para garantizar la convivencia pacífica y el ejercicio de derechos fundamentales. Dichas alteraciones pueden manifestarse en forma de violencia, daños materiales, amenazas o incluso actos simbólicos que generen alarma social. Si necesitas una consulta más específica sobre delitos como amenazas, puedes consultar a nuestros abogados especialistas en amenazas.

Modificaciones legales recientes

La reforma del Código Penal en 2015 introdujo cambios significativos en la regulación de los desórdenes públicos. Antes de esta reforma, el artículo 557 exigía requisitos más específicos para considerar un acto como delito. Por ejemplo, se requería causar lesiones, daños materiales o bloquear vías públicas de manera peligrosa. Tras la reforma, el concepto de «acto de violencia» se amplió, permitiendo incluir una mayor variedad de conductas, incluso la mera amenaza de cometer actos violentos.

Penas asociadas a los desórdenes públicos

El Código Penal establece penas diferenciadas dependiendo de la gravedad de los hechos y las circunstancias que los rodean. A continuación, se describen los tipos de pena según las disposiciones legales actuales.

Tipo básico

El artículo 557 del Código Penal prevé una pena de prisión de seis meses a tres años para quienes, actuando en grupo, alteren la paz pública mediante actos de violencia o amenazas. Además, esta pena se suma a las correspondientes por los delitos que puedan derivarse de dichos actos violentos o amenazantes. Para casos relacionados con daños materiales durante desórdenes, puedes consultar a nuestros abogados especialistas en daños.

Tipo agravado

El artículo 557 bis regula el tipo agravado, aplicable cuando concurren circunstancias específicas como es que se produzca la invasión  un despacho, oficina, establecimiento o local, aunque se encuentre abierto al público, y se causen con ello una perturbación relevante de la paz pública y de su actividad normal.

 

¿Qué diferencia existe entre desórdenes públicos y una infracción administrativa por alteración del orden?

La principal diferencia radica en la gravedad de los hechos. Los desórdenes públicos son delitos tipificados en el Código Penal y pueden conllevar penas de prisión, mientras que las infracciones administrativas por alteración del orden público, reguladas por la Ley de Seguridad Ciudadana, suelen implicar sanciones económicas o administrativas. Además, un mismo hecho no puede ser sancionado como delito y como infracción administrativa debido al principio de non bis in ídem.

¿Es necesario que los actos violentos en desórdenes públicos sean cometidos por un grupo numeroso?

No necesariamente. Aunque los desórdenes públicos suelen implicar la actuación en grupo, no se especifica un número mínimo de personas. Lo relevante es que la acción se realice en colectivo o con el respaldo del grupo, y que altere la paz pública mediante actos violentos o amenazas de violencia.

¿Se puede considerar desorden público un acto sin violencia que cause alarma social?

Sí, en ciertos casos. La reforma del Código Penal de 2015 amplió el concepto de desórdenes públicos para incluir actos que, aunque no sean violentos en sí mismos, generen una amenaza seria de violencia o alarma social significativa. Por ejemplo, actos simbólicos que perturben el orden público podrían ser considerados desórdenes bajo ciertas circunstancias.

¿Qué factores pueden influir en la agravación de la pena por desórdenes públicos?

Factores como el uso de armas, la creación de un riesgo para la vida o la integridad física de las personas, la comisión de actos violentos en el contexto de manifestaciones numerosas, el saqueo colectivo o la ocultación de la identidad pueden agravar la pena. Estas circunstancias incrementan la peligrosidad del delito y, por tanto, conllevan sanciones más severas.

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