Ser acusado de incumplir una orden de alejamiento asusta, y con razón: se trata de un delito grave que puede llevar a prisión, a antecedentes penales y a la pérdida de derechos tan sensibles como la patria potestad o el régimen de visitas. Además, suele producirse en un contexto muy tenso (rupturas de pareja, procedimientos de violencia de género, conflictos familiares) donde cualquier paso en falso puede empeorar mucho la situación.
Entender qué se considera realmente quebrantar una orden de alejamiento, qué hacer desde el primer minuto y cómo organizar una defensa penal eficaz es clave para minimizar daños y, en muchos casos, evitar una condena. Un abogado penalista con experiencia puede marcar la diferencia entre una absolución y una pena de prisión.
Qué es exactamente quebrantar una orden de alejamiento
El quebrantamiento de una orden de alejamiento es un delito contra la Administración de Justicia. No se juzga solo el contacto con la víctima, sino, sobre todo, el hecho de desobedecer una resolución judicial firme o vigente.
En la práctica, el delito se comete cuando una persona, sabiendo que tiene una orden que se lo prohíbe, se acerca, se comunica o mantiene contacto con la persona protegida o acude a los lugares de los que tiene prohibido aproximarse (domicilio, trabajo, colegio de los hijos, etc.). Este delito es muy frecuente en procedimientos de violencia de género y órdenes de protección, pero también aparece en conflictos familiares, vecinales o de otro tipo.
Tipos de órdenes de alejamiento más habituales
Las órdenes de alejamiento pueden acordarse como:
- Medida cautelar durante la instrucción de un procedimiento penal (por ejemplo, tras una denuncia por violencia de género).
- Pena accesoria impuesta en una sentencia condenatoria (por delitos de lesiones, amenazas, coacciones, delitos sexuales, etc.).
- Medida de seguridad en casos concretos (por ejemplo, inimputables o semiimputables).
En todos los casos, el contenido suele ser similar: prohibición de aproximarse a la víctima a menos de cierta distancia (200, 500 metros, etc.), prohibición de comunicarse por ningún medio (teléfono, WhatsApp, redes sociales, correo, terceras personas) y, muchas veces, prohibición de residir o acudir a determinados lugares.
Conductas que pueden considerarse quebrantamiento
Puede haber quebrantamiento de condena o de medida cautelar en situaciones como:
- Aparecer en el portal, calle o barrio donde vive la persona protegida, sabiendo que está prohibido.
- Acercarse al colegio de los hijos cuando la orden lo prohíbe expresamente.
- Enviar mensajes, correos, llamadas o notas manuscritas, aunque sean “cordiales” o “para arreglar las cosas”.
- Contactar a través de terceros (“dile de mi parte que…”), si la finalidad es comunicarse con la víctima.
- Coincidir en un lugar y no marcharse cuando se tiene la posibilidad real de hacerlo.
Es importante entender que no importa quién inicia el contacto: aun cuando sea la persona protegida quien llame, escriba o proponga verse, el único responsable penal del quebrantamiento es quien tiene impuesta la orden. Esto provoca muchas condenas en casos en los que la pareja “retoma” la relación de mutuo acuerdo.
Qué hacer si te acusan de quebrantar una orden de alejamiento
Si te preguntas qué hacer si te acusan de quebrantar una orden de alejamiento, cada minuto cuenta. Lo que hagas (o dejes de hacer) desde el primer momento puede condicionar toda tu defensa posterior.
Primeros pasos inmediatos ante la acusación
Si la policía te llama, te detiene o te cita para declarar por un presunto quebrantamiento, es fundamental:
- Mantener la calma y no discutir con agentes ni con la presunta víctima. Cualquier reacción violenta o descontrolada generará más problemas y empeorará tu imagen ante el juez.
- No declarar sin abogado penalista. Tienes derecho a guardar silencio en comisaría y en el juzgado. Es muy frecuente que, por nervios, se den explicaciones que luego se usan en contra.
- Contactar de inmediato con un abogado penalista, según dónde haya ocurrido el hecho o dónde se tramite la causa.
- Facilitar a tu abogado toda la información: ubicación exacta, hora, testigos, existencia de mensajes previos, llamadas, redes sociales, etc.
En muchos casos, la acusación se basa únicamente en la palabra de la persona protegida y en la presencia policial en el lugar. Preparar bien la versión de los hechos y la estrategia de defensa es esencial.
Qué nunca debes hacer si te imputan un quebrantamiento
Hay conductas que empeoran gravemente tu situación procesal y pueden implicar prisión provisional:
- Intentar hablar con la persona protegida “para aclararlo”. Sería un nuevo quebrantamiento y reforzaría la acusación.
- Eliminar mensajes, chats o publicaciones que puedan tener relevancia. Podría interpretarse como destrucción de pruebas.
- Dar versiones contradictorias a policía, juez y abogados. La falta de coherencia resta credibilidad ante el tribunal.
- Ignorar futuras citaciones judiciales. La incomparecencia injustificada puede provocar orden de detención y agravar la respuesta penal.
Si te encuentras en esta situación un abogado penalista especializado en derecho penal y violencia de género debe guiar cada paso desde el primer contacto con la policía.
Requisitos legales del delito de quebrantamiento de orden de alejamiento
Para que exista delito, no basta con que haya habido un simple “encuentro”. El juez debe comprobar que se cumplen una serie de requisitos mínimos. Conocerlos permite detectar posibles vías de defensa.
Existencia y vigencia de una orden válida
Lo primero es que exista una resolución judicial vigente y válida que imponga la orden de alejamiento:
- Auto de medidas cautelares dictado por un Juzgado de Violencia sobre la Mujer o un Juzgado de Instrucción.
- Sentencia condenatoria que incluya prohibición de aproximación y/o comunicación.
- Auto de modificación o prórroga de medidas en un procedimiento penal.
Además, es imprescindible que:
- La resolución haya sido notificada correctamente al investigado.
- Se le haya informado de forma clara de qué puede y qué no puede hacer (distancias, lugares, medios de comunicación).
Si hay dudas sobre la notificación (por ejemplo, cambios de domicilio, problemas de idioma, errores en el contenido), se abre una vía de defensa relevante.
Conocimiento y voluntad de incumplir
El delito exige que la persona:
- Conozca la existencia de la orden (por ejemplo, porque la firmó en el juzgado o en comisaría).
- Actúe voluntariamente, es decir, que la aproximación o el contacto no sea completamente involuntario o inevitable.
Aquí surgen muchas discusiones jurídicas en casos como:
- Encuentros fortuitos en supermercados, centros comerciales, calles muy transitadas de Madrid o A Coruña.
- Errores de geolocalización en dispositivos telemáticos (brazaletes, pulseras de control).
- Desconocimiento real de que un lugar concreto estaba incluido en la prohibición (por ejemplo, un nuevo domicilio de la víctima que el investigado no conocía).
Demostrar que el contacto fue accidental o inevitable, o que no se conocía la extensión exacta de la orden, puede ser clave para evitar la condena.
Penas y consecuencias de un quebrantamiento de orden de alejamiento
Las penas por quebrantar una orden de alejamiento son serias, especialmente cuando existe un antecedente de violencia de género o violencia doméstica.
Tabla orientativa de penas y consecuencias
| Situación | Posibles penas | Consecuencias adicionales |
|---|---|---|
| Primer quebrantamiento sin violencia añadida | Prisión y/o multa, según el caso concreto y antecedentes | Antecedentes penales, posible endurecimiento de la orden |
| Quebrantamiento en contexto de violencia de género | Penas de prisión más elevadas, posible prisión provisional | Pérdida o limitación de patria potestad, régimen de visitas, custodia |
| Reiteración de quebrantamientos | Aumento de la pena, dificultad para obtener beneficios penitenciarios | Mayor riesgo de ingreso efectivo en prisión |
| Quebrantamiento con nuevos delitos (lesiones, amenazas, coacciones) | Acumulación de penas por todos los delitos cometidos | Condiciones muy duras de cumplimiento, medidas de seguridad adicionales |
Además de la pena principal, un quebrantamiento puede influir en:
- Procedimientos civiles de custodia, visitas y patria potestad.
- Régimen penitenciario (clasificación, permisos, tercer grado).
- Posibilidad de expulsión del territorio español en caso de extranjeros.
Por eso, ante cualquier acusación de quebrantamiento es esencial un abogado penal y penitenciario que valore la ejecución de la condena que valore también el impacto en la ejecución de la pena.
Estrategias de defensa más habituales en un quebrantamiento
La defensa penal debe adaptarse al caso concreto, pero hay líneas de trabajo que se repiten con frecuencia en este tipo de delitos.
Cuestionar la existencia o validez de la orden
Una primera vía es analizar a fondo el expediente para ver si:
- La orden estaba realmente en vigor el día de los hechos (no revocada, no modificada, no caducada).
- Se notificó correctamente: firma, fecha, contenido claro, idioma comprensible.
- La resolución es suficientemente precisa (distancias, lugares, tipos de comunicación).
Si se detectan defectos serios de notificación o redacción, puede plantearse la nulidad o, al menos, una interpretación más favorable al investigado.
Defensa basada en el encuentro fortuito o la ausencia de voluntad
En muchos procedimientos, la clave es demostrar que el contacto fue:
- Involuntario (coincidencia casual en un lugar público).
- De muy breve duración, habiéndose alejado el investigado en cuanto tomó conciencia de la presencia de la víctima.
- Sin intención de comunicación ni aproximación directa (por ejemplo, cruzarse en la acera opuesta sin dirigirse la palabra).
En estos supuestos, pueden resultar útiles:
- Testigos presenciales.
- Cámaras de seguridad (comercios, cajeros, transporte público en Madrid o A Coruña).
- Registros de geolocalización del móvil o dispositivos telemáticos.
La idea es acreditar que no hubo una conducta deliberada de desobediencia, sino una coincidencia inevitable o difícilmente evitable.
El papel de los mensajes, redes sociales y tecnología en el quebrantamiento
Hoy en día, gran parte de los supuestos de quebrantamiento se producen a través de medios tecnológicos. Esto genera pruebas muy concretas (pantallazos, registros de llamadas, datos de ubicación) que pueden tanto incriminar como exculpar.
Mensajes, llamadas y redes sociales
Se considera quebrantamiento:
- Enviar mensajes por WhatsApp, SMS, correo electrónico o redes sociales, aunque sean de “disculpa” o “reconciliación”.
- Realizar llamadas perdidas reiteradas o insistentes.
- Reaccionar (me gusta, comentarios, mensajes privados) en redes sociales dirigidos a la persona protegida.
En la defensa, tu abogado penalista puede:
- Analizar la autenticidad de los mensajes (posibles manipulaciones, montajes, falsificaciones).
- Contrastar horarios y ubicaciones.
- Valorar si realmente el mensaje iba dirigido a la víctima o a un grupo en el que ella estaba incluida sin intención directa.
Dispositivos telemáticos y errores de geolocalización
En muchos casos de violencia de género se emplean pulseras o dispositivos telemáticos que controlan la distancia entre denunciado y víctima. Pueden producirse:
- Falsos positivos por fallos de señal GPS.
- Errores de cobertura en interiores, garajes, túneles de metro, etc.
- Desajustes temporales entre la ubicación real y la registrada.
Una defensa técnica puede requerir:
- Peritajes informáticos o de telecomunicaciones.
- Informes sobre la fiabilidad del sistema en la zona concreta (por ejemplo, determinados barrios con mala cobertura).
- Contraste con otras pruebas (billetes de transporte, tickets de compra, cámaras de seguridad).
Qué hacer si la persona protegida también quiere retomar el contacto
Un problema muy habitual es que, pasado un tiempo, la persona protegida quiere volver a tener relación (por reconciliación, por hijos en común, por necesidad económica, etc.) y llama, escribe o pide verse. Esto genera una falsa sensación de “permiso” que puede llevar a un nuevo procedimiento penal.
Por qué el consentimiento de la víctima no elimina el delito
Es fundamental entender que:
- La orden de alejamiento es una decisión del juez, no de la víctima.
- La víctima no puede “levantar” la orden por su cuenta.
- Aunque exista reconciliación, la orden sigue vigente hasta que un juez la modifique o revoque expresamente.
Por tanto, si la víctima llama, escribe o propone un encuentro y tú aceptas, el único que se expone a una condena por quebrantamiento eres tú, aunque haya mensajes que demuestren que el contacto fue a iniciativa de ella.
Cómo actuar correctamente en estos casos
Si la persona protegida quiere retomar el contacto:
- No quedes, no llames y no respondas a los mensajes en términos que supongan interacción directa.
- Guarda todas las comunicaciones (pantallazos, registros de llamadas) y entrégaselas a tu abogado.
- Pide a tu abogado penalista que solicite al juzgado la modificación o levantamiento de la orden de forma legal y segura.
Mientras el juez no dicte una nueva resolución, seguirás obligado a cumplir la orden original, aunque la relación de pareja se haya retomado de facto.
Importancia de contar con un abogado penalista especializado
Los delitos de quebrantamiento de condena, especialmente cuando se relacionan con violencia de género, delitos contra la libertad o delitos contra la integridad moral, requieren un conocimiento profundo del derecho penal y de la práctica de los juzgado.
Qué puede hacer tu abogado por ti
Un abogado penalista con experiencia en este tipo de casos puede:
- Revisar a fondo la resolución que impone la orden de alejamiento y detectar posibles defectos.
- Analizar las pruebas de cargo (declaraciones, atestados policiales, mensajes, geolocalización) y buscar contradicciones.
- Proponer y practicar pruebas de descargo (testigos, periciales, informes técnicos).
- Negociar con Fiscalía posibles acuerdos cuando la absolución es difícil, minimizando penas y evitando, en lo posible, el ingreso en prisión.
- Asesorarte sobre las consecuencias penitenciarias si ya estás cumpliendo otra condena (función del abogado penitenciario).
Además, un despacho con experiencia en derecho penal conoce el funcionamiento real de los juzgados, los criterios habituales de fiscales y jueces y las particularidades de los procedimientos de violencia de género, lo que permite ajustar mejor la estrategia.
Cuándo acudir a un abogado penalista
No esperes a estar detenido o a recibir una citación para juicio rápido. Es recomendable acudir a un abogado penalista:
- Desde el momento en que se te notifica la orden de alejamiento, para entender bien sus límites.
- Si se produce cualquier incidente que pueda interpretarse como un posible quebrantamiento (encuentros fortuitos, llamadas, mensajes).
- En cuanto recibas una llamada o citación policial o judicial relacionada con la orden.
Una consulta temprana puede evitar que una situación mal gestionada se convierta en un procedimiento penal complejo con riesgo real de prisión. Contar desde el inicio con un equipo de defensa penal especializado te permitirá tomar decisiones informadas y reducir al máximo las consecuencias.
Preguntas frecuentes
Es útil llevar la resolución judicial de la orden, cualquier notificación recibida, denuncias previas, capturas de pantalla de mensajes o llamadas, datos de posibles testigos y cualquier documento que acredite dónde estabas en el momento de los hechos (tickets, billetes, partes de trabajo, etc.).
Sí, se puede solicitar al juzgado la modificación de la orden si han cambiado las circunstancias (por ejemplo, necesidades laborales o de cuidado de hijos). Debe hacerse mediante un escrito motivado y con pruebas que justifiquen el cambio, nunca por acuerdo privado con la otra parte.
La condena se inscribe en el Registro de Antecedentes Penales y puede afectar a futuros trabajos, oposiciones, permisos de residencia o nacionalidad. Solo se cancelará pasado un tiempo determinado desde el cumplimiento íntegro de la pena y siempre que no vuelvas a delinquir.
En muchos casos sí, siempre que la acusación y la defensa estén de acuerdo en los hechos y la pena. Esto puede suponer una reducción importante de la condena, pero debe valorarse cuidadosamente porque implica reconocer el delito y aceptar sus consecuencias penales.








