Internet y las redes sociales forman parte de la vida diaria de niños y adolescentes. Juegan, hablan con amigos, comparten fotos y vídeos… pero también pueden convertirse en la puerta de entrada para adultos que esconden intenciones sexuales. A este tipo de acoso se le conoce como grooming y, además de ser una grave forma de violencia contra menores, es un delito castigado por el Código Penal español.
Comprender qué es el grooming y cómo se castiga, qué conductas son delito, qué penas se imponen y cómo actuar si se sospecha que un menor está siendo víctima, es fundamental para padres, madres, educadores y, por supuesto, para los propios menores. Un buen asesoramiento jurídico en materia de delitos sexuales puede marcar la diferencia a la hora de proteger al menor y perseguir al agresor, especialmente en procedimientos penales en determinados lugares donde este tipo de delitos son muy frecuentes.
Qué es el grooming desde el punto de vista legal y práctico
En el lenguaje cotidiano, se habla de grooming cuando un adulto se acerca a un menor por internet (redes sociales, juegos online, mensajería, etc.) y, paso a paso, se gana su confianza para conseguir un beneficio sexual: imágenes íntimas, vídeos, exhibiciones por webcam o incluso encuentros físicos.
Desde el punto de vista jurídico-penal, el grooming o child grooming es un delito contra la libertad e indemnidad sexual de los menores. El Código Penal castiga al adulto que, a través de internet, teléfono u otra tecnología, contacta con un menor de 16 años y:
- Propone un encuentro para cometer delitos sexuales (abusos, agresiones, pornografía infantil), y realiza actos materiales para acercarse al menor.
- Engaña o embauca al menor para que le envíe material pornográfico o le muestre imágenes de contenido sexual en las que aparezca un menor.
Es importante destacar que no es necesario que llegue a producirse el encuentro sexual o el abuso físico. El simple hecho de contactar, proponer el encuentro y realizar actos de acercamiento, o de embaucar al menor para obtener imágenes sexuales, ya constituye delito de grooming.
Edad del menor y límites legales
La ley española fija en 16 años la edad clave para este delito. El grooming se configura siempre que:
- La víctima sea un menor de 16 años, y
- El sujeto activo sea un adulto o una persona claramente mayor y con superioridad respecto al menor.
El bien jurídico protegido es la libertad sexual del menor, su derecho a desarrollarse sin verse arrastrado a un contexto sexual para el que no está preparado. Por ello, aunque el menor pueda creer que “consiente”, la ley entiende que ese consentimiento no es válido en este tipo de situaciones, especialmente cuando hay engaño, manipulación o abuso de superioridad.
Cómo actúa un groomer: fases habituales del delito
El grooming no suele empezar de forma brusca. Es un proceso gradual en el que el agresor va construyendo una relación con el menor. Conocer estas fases ayuda a detectar el problema a tiempo.
1. Primer contacto y creación del vínculo de confianza
El agresor suele utilizar perfiles falsos en redes sociales, plataformas de juego, aplicaciones de mensajería o foros. Puede hacerse pasar por otro menor con gustos similares o por alguien que comparte las mismas aficiones (videojuegos, música, deportes…).
En esta fase:
- Envía mensajes amables, se muestra comprensivo y “cariñoso”.
- Escucha problemas del menor (familia, amigos, estudios) y se presenta como la única persona que le entiende.
- Puede llegar a hacer regalos (dinero, tarjetas para videojuegos, recargas de móvil) para reforzar el vínculo.
El objetivo es que el menor sienta que ha encontrado un amigo especial o incluso una relación romántica, y que comience a confiarle información personal.
2. Aislamiento del menor y secreto
Una vez creada la confianza, el groomer trata de aislar al menor de su entorno:
- Le sugiere que no cuente a nadie lo que hablan.
- Critica a la familia o amistades (“no te entienden”, “se reirían de ti si lo supieran”).
- Le insiste en que su relación es “especial” y debe mantenerse en secreto.
Al mismo tiempo, el agresor pregunta quién tiene acceso al móvil u ordenador del menor, quién está en casa, si los padres revisan sus redes… Es una forma de valorar el riesgo y asegurarse de que puede actuar con menos probabilidades de ser descubierto.
3. Introducción progresiva de contenido sexual
Cuando el groomer percibe que el menor ya confía en él, empieza a introducir conversaciones de contenido sexual de manera progresiva:
- Comentarios sobre el cuerpo, la ropa o la apariencia del menor.
- Preguntas íntimas sobre experiencias sexuales, fantasías o curiosidades.
- Envío de imágenes o vídeos de contenido sexual, a veces haciéndose pasar por otro menor.
La finalidad es que el menor normalice el lenguaje sexual y pierda la sensación de que algo está mal. De este modo, se reduce su resistencia a enviar fotos íntimas o a realizar actos sexuales por webcam.
4. Petición de material sexual y chantaje
En la fase final, el agresor:
- Pide al menor que le envíe fotos o vídeos íntimos, o que se desnude o se toque frente a la cámara.
- Puede proponer un encuentro en persona para “conocerse de verdad”.
- Si ya ha conseguido material sexual, suele iniciar el chantaje: amenaza con difundir las imágenes entre amigos, familia o redes sociales si el menor no accede a nuevas peticiones.
Aunque el menor envíe las imágenes “voluntariamente”, se trata de una decisión condicionada por la manipulación, el engaño y la coacción. Jurídicamente, estamos ante un delito de grooming y, en muchos casos, ante otros delitos sexuales añadidos.
Qué delitos se cometen en el grooming según el Código Penal
El grooming no es una simple conducta inapropiada: es un delito tipificado en el Código Penal. Además, suele ir acompañado de otras figuras delictivas. Conocer esta regulación ayuda a entender qué es el grooming y cómo se castiga en España.
Regulación principal: artículo 183 ter del Código Penal
El grooming se regula en el artículo 183 ter del Código Penal, dentro de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual de los menores. Este precepto castiga dos grandes conductas:
- Concertar un encuentro con un menor de 16 años, a través de internet, teléfono u otra tecnología, con intención de cometer delitos sexuales (abusos, agresiones, pornografía infantil), siempre que la propuesta vaya acompañada de actos materiales de acercamiento.
- Embaucar a un menor de 16 años, a través de medios tecnológicos, para que facilite material pornográfico o muestre imágenes pornográficas en las que aparezca un menor.
Es decir, el delito se consuma desde el momento en que el adulto realiza esos actos de contacto, propuesta y aproximación, sin necesidad de que el abuso llegue a realizarse.
Otros delitos que suelen concurrir con el grooming
En muchos casos, el grooming va acompañado de otros delitos, lo que agrava la situación penal del agresor:
- Pornografía infantil: cuando el agresor recibe, produce, almacena o distribuye imágenes sexuales de menores.
- Abusos o agresiones sexuales: si se llega a producir un contacto físico con el menor.
- Amenazas y coacciones: cuando se utiliza el chantaje (difundir imágenes, contar a la familia, etc.).
- Delitos informáticos: acceso ilícito a cuentas, suplantación de identidad, etc.
En estos supuestos, además de la pena por grooming, se pueden imponer penas acumuladas por cada uno de los delitos cometidos (concurso real de delitos).
Cómo se castiga el grooming: penas y consecuencias legales
Para comprender de forma clara cómo se castiga el grooming, conviene detallar las penas previstas y otras consecuencias jurídicas para el agresor.
Penas principales del delito de grooming
El artículo 183 ter del Código Penal establece las siguientes penas:
| Conducta | Pena prevista |
|---|---|
| Contactar con menor de 16 años, proponer encuentro y realizar actos de acercamiento para cometer delitos sexuales | Prisión de 1 a 3 años o multa de 12 a 24 meses |
| Contactar con menor de 16 años y embaucarle para que facilite material pornográfico o muestre imágenes pornográficas de menores | Prisión de 6 meses a 2 años |
| Si el acercamiento se obtiene mediante coacción, intimidación o engaño especialmente grave | Las penas anteriores se imponen en su mitad superior |
A estas penas pueden sumarse las correspondientes a otros delitos cometidos (pornografía infantil, abusos o agresiones sexuales, amenazas, etc.), lo que puede elevar de forma muy importante la condena total.
Responsabilidad civil e indemnización a la víctima
Además de la pena de prisión o multa, el condenado por grooming debe hacer frente a la responsabilidad civil, es decir, a la indemnización por los daños causados al menor. Estos daños pueden ser:
- Psicológicos: ansiedad, depresión, estrés postraumático, ideas suicidas, etc.
- Morales: afectación a la intimidad, la propia imagen y la dignidad del menor.
- Materiales: gastos de tratamiento psicológico, cambios de centro escolar, etc.
En un procedimiento penal por grooming, un abogado penalista con experiencia en delitos sexuales en Madrid valorará junto con peritos psicólogos el alcance de los daños para reclamar la máxima indemnización posible en favor del menor.
Qué es exactamente un delito sexual de grooming online
Desde la perspectiva del derecho penal, el grooming se considera un delito sexual cometido por medios tecnológicos. No se trata solo de un “ciberacoso” genérico, sino de un ataque directo a la libertad e indemnidad sexual del menor.
Algunos elementos clave del delito son:
- Uso de internet, teléfono u otra tecnología como medio principal de contacto.
- Finalidad sexual clara: obtener imágenes, vídeos, exhibiciones o encuentros con contenido sexual.
- Engaño, manipulación o abuso de confianza para vencer las resistencias del menor.
- Menor de 16 años como víctima, con protección reforzada por la ley.
Por tanto, cuando se analiza qué es el grooming y cómo se castiga, hay que entenderlo como una forma específica de delito sexual que se adapta al entorno digital, pero que tiene consecuencias muy reales en la vida del menor.
Cómo detectar el grooming: señales de alerta en el menor y en el entorno digital
Padres, madres y educadores pueden no ver directamente las conversaciones online, pero sí pueden detectar cambios de comportamiento que alerten de una posible situación de grooming.
Señales en el comportamiento del menor
- Aislamiento repentino: pasa muchas horas solo con el móvil u ordenador, evita el contacto con la familia.
- Cambios bruscos de humor: irritabilidad, tristeza, ansiedad sin causa aparente.
- Bajada del rendimiento escolar y desinterés por actividades que antes le gustaban.
- Secretismo extremo con el uso del móvil: oculta la pantalla, borra conversaciones, se enfada si alguien se acerca.
- Miedo a que revisen sus redes sociales o a que alguien vea sus mensajes.
Estas señales no siempre significan grooming, pero sí justifican que los adultos se interesen, hablen con el menor y, en su caso, busquen asesoramiento profesional y jurídico.
Indicadores en el uso de redes y dispositivos
- Apertura de perfiles nuevos en redes sociales que la familia desconoce.
- Presencia de contactos adultos que el menor dice no conocer en persona.
- Mensajes a horas intempestivas o necesidad de estar conectado “siempre”.
- Uso de aplicaciones de mensajería ocultas o con doble sistema de chats.
Ante estas señales, es recomendable mantener una conversación calmada con el menor, sin reproches, y, si hay sospecha de delito, consultar de inmediato con un abogado penalista especializado en delitos informáticos y sexuales.
Cómo actuar ante un caso de grooming: pasos legales y de protección
Saber cómo actuar es tan importante como conocer qué es el grooming y cómo se castiga. Una reacción adecuada puede proteger al menor, preservar las pruebas y facilitar la identificación del agresor.
1. Proteger al menor y ofrecerle apoyo
Lo primero es escuchar al menor sin juzgarle ni culpabilizarle. Muchos niños y adolescentes sienten vergüenza o miedo, creen que han hecho algo mal por enviar fotos o hablar con el agresor.
- Transmitirle que no tiene la culpa: el responsable es siempre el adulto que ha manipulado y engañado.
- Garantizarle que se va a buscar ayuda profesional y legal para protegerle.
- Evitar reacciones desproporcionadas (gritos, castigos) que le hagan cerrarse y dejar de contar lo que ocurre.
2. Conservar pruebas digitales
Desde el punto de vista penal, es fundamental no borrar nada:
- Guardar conversaciones de chat, correos, mensajes de redes sociales.
- Conservar capturas de pantalla de amenazas, peticiones sexuales, perfiles falsos, etc.
- Anotar nombres de usuario, direcciones de correo, números de teléfono utilizados por el agresor.
Estas pruebas serán esenciales para la denuncia ante Policía o Guardia Civil y para el procedimiento penal posterior. Un abogado penalista puede orientar sobre la mejor forma de recopilar y presentar esta información.
3. Denunciar ante las autoridades
El grooming es un delito público, por lo que debe denunciarse. En España, se puede acudir a:
- Comisarías de la Policía Nacional (Brigada de Investigación Tecnológica).
- Cuarteles de la Guardia Civil (Grupo de Delitos Telemáticos).
- Juzgados de guardia.
En casos complejos, es muy recomendable ir acompañado de un abogado penalista especializado en delitos sexuales y delitos informáticos, especialmente en procedimientos donde la práctica de los juzgados y la coordinación con las unidades especializadas de policía puede requerir un enfoque técnico preciso.
4. Asesoramiento jurídico penal especializado
Un procedimiento por grooming implica cuestiones técnicas (validez de pruebas digitales, peritajes informáticos, declaraciones de menores, etc.). Contar con un abogado penalista experto en delitos sexuales contra menores permite:
- Valorar todas las figuras delictivas que pueden concurrir (grooming, pornografía infantil, amenazas, abusos, etc.).
- Solicitar medidas cautelares para proteger al menor (órdenes de alejamiento, prohibición de comunicarse).
- Reclamar una indemnización adecuada por los daños sufridos.
La intervención de un despacho penalista con experiencia en grooming y delitos informáticos facilita la coordinación con peritos, psicólogos y fuerzas de seguridad, optimizando la defensa de los derechos del menor.
Prevención del grooming: pautas para familias, centros educativos y menores
La mejor forma de combatir el grooming es la prevención. La educación digital y afectivo-sexual, unida a la supervisión responsable, puede reducir significativamente el riesgo.
Recomendaciones para familias
- Establecer normas claras de uso de internet: horarios, espacios comunes para usar dispositivos, límites en redes sociales.
- Fomentar una comunicación abierta sobre sexualidad, relaciones y riesgos en internet, sin tabúes.
- Enseñar a los menores a no compartir fotos íntimas ni datos personales con desconocidos.
- Revisar periódicamente la configuración de privacidad de redes y aplicaciones.
- Valorar el uso de controles parentales adaptados a la edad, sin caer en un control invasivo que rompa la confianza.
Recomendaciones para centros educativos
- Incluir en el currículo educación digital y afectivo-sexual, explicando qué es el grooming y cómo se castiga.
- Organizar charlas y talleres con especialistas en delitos informáticos y psicólogos.
- Establecer protocolos internos de actuación ante sospechas de grooming o ciberacoso sexual.
- Coordinarse con servicios sociales, fuerzas de seguridad y abogados penalistas cuando surja un caso.
Mensajes clave para los propios menores
- No enviar nunca fotos o vídeos íntimos, aunque se lo pida alguien que parezca de su edad.
- Recordar que cualquiera puede mentir en internet sobre su edad o identidad.
- Si alguien les pide silencio absoluto sobre la relación o les hace sentir incómodos, contarlo a un adulto de confianza.
- Si ya han enviado imágenes y se sienten amenazados, no borrar las pruebas y pedir ayuda inmediatamente.
El papel del abogado penalista en casos de grooming
La intervención de un abogado penalista especializado en grooming es esencial tanto para la familia del menor como, en su caso, para la defensa de la persona investigada. Se trata de procedimientos delicados, con fuerte impacto emocional y mediático, en los que la estrategia jurídica debe ser muy cuidada.
Contar con un despacho penalista con experiencia en delitos sexuales e informáticos puede:
- Asesorar a familias desde el primer momento, antes incluso de presentar la denuncia.
- Acompañar y preparar al menor para su declaración en sede policial o judicial, protegiendo su intimidad.
- Impulsar diligencias de prueba (periciales informáticas, informes psicológicos) para acreditar el grooming y el daño sufrido.
- Defender los derechos del acusado, garantizando un proceso con todas las garantías y evitando condenas injustas en supuestos de denuncias infundadas.
Comprender con precisión qué es el grooming y cómo se castiga permite a víctimas, familias y profesionales tomar decisiones informadas, actuar con rapidez y utilizar correctamente las herramientas que ofrece el derecho penal para proteger a los menores y perseguir estas conductas.







