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Delito de estafa en el Código Penal español

delito de estafa en el código penal. Abogado penalista especialista en defensa y acusación por delitos de estafa

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Delito de estafa: introducción

El delito de estafa contemplado en el Código Penal se encuentra ubicado entre los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico. Por lo que, ante un proceso penal por un delito estafa siempre resulta recomendable contar con el asesoramiento y defensa de un abogado de derecho penal económico.


Los procesos judiciales por delitos de estafa son unos de los que más le gustan a Alejandro Seoane Pedreira, por lo que, ya que usted está en el blog de este abogado penalista, vamos a profundizar en los diferentes aspectos sobre las estafas, haciendo referencia al concepto, tipos, elementos constitutivos y sanciones.

Delito de estafa: concepto

Según el Código Penal Español, artículo 248, el delito de estafa se comete cuando una persona, con ánimo de lucro, utiliza engaño bastante para inducir a otro a realizar un acto de disposición en perjuicio de su patrimonio o el de un tercero.

Elementos constitutivos del delito de estafa

  • Engaño y Error Inducido
    El primer elemento a considerar es el engaño. Para que se considere estafa, resulta necesario la existencia de un engaño bastante para provocar un error en la víctima. Este engaño puede consistir en la manipulación de información, la ocultación de la verdad o la creación de una apariencia falsa.
    • Acto de disposición y perjuicio Patrimonial
    El segundo elemento necesario es que exista un acto de disposición. La víctima, inducida por el engaño, debe realizar un acto de disposición, que puede ser la entrega de una cosa, la prestación de un servicio, la asunción de una deuda u otro acto que implique un empobrecimiento patrimonial para si mismo o para un tercero.
    • Ánimo de lucro
    El tercer elemento es la existencia de un ánimo de lucro. El autor del delito debe actuar con la intención de obtener un beneficio económico o material.
delito de estafa en el código penal. Abogado penalista especialista en defensa y acusación por delitos de estafa

Tipos de estafas

El Código Penal Español también diferencia varios tipos de estafa, en función de las circunstancias particulares de cada caso.

• Tipo básico de estafa

La estafa básica es el tipo más común del delito de estafa. Se caracteriza por la realización de los elementos constitutivos mencionados anteriormente sin la existencia de otro tipo de circunstancias agravantes, que nos situarían en el ámbito de los delitos de estafa agravadas.

Si la Si la cuantía de lo defraudado no excediere de 400 euros, la estafa será considerada como un delito leve.

• Tipo agravado del delito de estafa

El delito de estafa agravado, contemplado en el artículo 250 del Código Penal, se produce cuando se presentan circunstancias que incrementan la gravedad del delito. Entre estas se incluyen las siguientes:

1. Si la estafa recae sobre cosas de primera necesidad, viviendas y otros bienes de utilidad social.
2. Si el delito se comente abusando de firma de otro, o sustrayendo, ocultando o inutilizando, en todo o en parte, algún proceso, expediente, protocolo o documento público u oficial de cualquier clase.
3. Si la estafa afecta a bienes que sean patrimonio histórico, artístico, cultural o científico.
4. Si la entidad del perjuicio o la situación económica en la que queda la víctima o su familia es de especial gravedad.
5. Si el valor de lo estafado supera los 50.000 euros o bien afecta a un elevado número de personas.
6. Si la estafa es cometida con abuso de las relaciones personales existentes entre autor y víctima, o si el autor aprovecha su credibilidad empresarial o profesional.
7. Si se comete estafa procesal, es decir, se manipulan pruebas en un proceso judicial o emplean fraudes procesales análogos para provocar error en el juez o tribunal, causando un perjuicio económico a la víctima o a un tercero.
8. Si el autor ha sido condenado al menos por tres delitos de defraudaciones.

Pero, además, la estafa puede ser considerada especialmente grave cuando concurran los supuestos del numeral 1 junto con las circunstancias del 4, 5, 6 o 7; o si la cuantía de lo defraudado superara los 250.000 euros. Para estos casos, la pena será de 4 a 8 años de prisión.

¿Qué pena establece el código penal para un delito de estafa?

Las penas contempladas en el Código Penal por el delito de estafa varían en función de la gravedad, es decir, de la tipología de la estafa.

Mientras que el artículo 248 del Código Penal contempla una pena de prisión de 6 meses a 3 años para el tipo básico de la estafa, el artículo 250 fija penas de prisión de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses. Sin embargo, como ya adelantamos anteriormente, si la estafa es considerada especialmente grave (artículo 250.2 CP) la pena será de 4 a 8 años prisión.

Por último, podemos indicar que cuando la estafa se pueda considerar como un delito leve (por razón de la cuantía defraudada), la pena será de multa de uno a tres meses.

Los delitos de estafa cometidos por las personas jurídicas

Los delitos de estafas son uno de los delitos que pueden ser cometidos por las empresas o personas jurídicas. Por lo que, de conformidad con el artículo 251 bis del Código Penal, cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis del Código Penal una persona jurídica sea responsable de un delito de estafa, se le podrá impondrán las siguientes penas:


a) Multa del triple al quíntuple de la cantidad defraudada, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de prisión de más de cinco años.
b) Multa del doble al cuádruple de la cantidad defraudada, en el resto de los casos.

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Problemas habituales en los procesos penales por delitos de estafa

Problemas desde el Punto de Vista de la Acusación penal

1. Demostrar el Engaño: Uno de los elementos fundamentales del delito de estafa es el engaño. Sin embargo, este puede ser difícil de probar, especialmente si el engaño no fue explícito o si se basó en promesas futuras.
2. Establecer la Relación Causal: La acusación debe demostrar que el acto de disposición (por ejemplo, entregar dinero) se realizó como resultado directo del engaño. En algunas situaciones, puede ser complicado establecer esta relación causal.
3. Prueba de Ánimo de Lucro: En muchos casos, puede ser complicado probar el ánimo de lucro, especialmente si el acusado manejó el dinero de forma inteligente o si hubo una mezcla de motivos legítimos e ilegítimos.
4. Recuperación de Activos: En casos de estafa, la recuperación de los activos perdidos puede ser problemática. Los estafadores suelen ser expertos en esconder los fondos obtenidos ilegalmente, por ejemplo, mediante su blanqueo, lo que dificulta la recuperación de los mismos. De ahí, que en muchas ocasiones los delitos de estaba constituyan en delito antecedente de un posterior delito de blanqueo de capitales.

Problemas desde el Punto de Vista de la Defensa

1. Presunción de Inocencia: En muchos casos, el acusado puede ser tratado como culpable desde el inicio del proceso, lo cual va en contra de la presunción de inocencia.
2. Prueba de Intención: La defensa debe ser capaz de demostrar que no existió intención de engañar. Esto puede ser difícil, especialmente en situaciones donde la línea entre una mala decisión comercial y un engaño intencional es borrosa.
3. Daños reputacionales: Aun cuando el acusado sea finalmente absuelto, su reputación puede verse gravemente dañada, lo que puede tener consecuencias a largo plazo en su vida personal y profesional.
4. Recursos para la Defensa: Los procesos legales pueden ser costosos y largos. Si el acusado no dispone de los recursos necesarios para sostener una defensa penal adecuada, puede verse en una situación de desventaja.

En general, los procesos penales por estafa pueden ser complejos y requieren de un manejo cuidadoso de las pruebas, la interpretación el tipo penal, así como el manejo de la jurisprudencia sobre el delito estafa. De ahí, la importancia de contar con abogados expertos en delitos de estafa.

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